
UNA MUJER POLICIA FUE AGREDIDA POR SU PAREJA TRAS DESCUBRIR QUE LE ERA INFIEL
El hecho ocurrió en las primeras horas de este viernes en un domicilio de la capital jujeña.
El 17 de noviembre, el Tribunal en lo Criminal Nº 2 condenó a una abuela de la localidad de Palma Sola, por abusar sexualmente de un niño desde que los 4 hasta los 12 años. La acusada manoseaba las partes intimas del niño, a la vez le exhibía las suyas y lo hacia ver material pornográfico.
Locales - Policiales 17 de noviembre de 2021En la mañana de hoy, 17 de noviembre, el Tribunal en lo Criminal Nº 2 condenó a una mujer, T. V. I., a la pena de 15 años de prisión por encontrarlo autor responsable del delito de “Abuso Sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo y corrupción de menores agravado por ser la víctima menor de 13 años y por el vínculo, en concurso real”.
Además, se determinó que la acusada deberá mantener la prisión domiciliaria mientras el Juez de Ejecución de la Pena no disponga su modificación.
De acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía, en el lapso de tiempo desde que la victima, un niño, tenía entre 4 años y 12 años de edad, en el año 2019, se encontraba residiendo primero en un a vivienda en la ciudad de San Salvador de Jujuy, junto a su madre, y luego en la Localidad de Palma Sola.
En estas circunstancias, es que la abuela de la victima realizó tocamientos en partes intimas del menor y también en las suyas, exhibiendo además al niño su cuerpo y material audiovisual pornográfico.
El Tribunal estuvo integrado por el juez Luís Kamada – presidente de trámite-, y las juezas Cecilia Sadir y María Laura Flores, como secretario se desempeñó el Dr. Alejandro Castagna.
Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Diego Cussel, quien solicito la pena de 18 años de prisión, mientras que en la querella se encontraba el Dr. Juan José Calderarí, del Centro de Asistencia a la Víctima, adhirió a lo solicitado por la fiscalía.
Por su parte, la defensa técnica de la enjuiciada estuvo a cargo del Dr. Cesar Baigorrí, quien requirió la absolución de su defendida por el beneficio de la duda o subsidiariamente 8 años de prisión y que la misma continué con prisión domiciliaría.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia; a partir de lo cual, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.
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