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TRATA DE PERSONAS, ILÍCITO QUE AUMENTA LAS POSIBILIDADES DE CAPTACIÓN DE PERSONAS, CON LA UTILIZACIÓN DE LA TECNOLOGÍA.

El delito de trata de personas consiste en utilizar a una persona con fines de explotación para obtener provecho propio o de un tercero, haciendo uso de la coerción o la limitación de la libertad individual. La trata de personas es considerada una forma de esclavitud moderna y una de las peores violaciones a los derechos humanos. Este delito convierte a la persona en objeto que se puede “comercializar”, lo que conlleva a su “cosificación”. La víctima de trata de personas, aun cuando hubiese dado su consentimiento, no puede ser considerada como delincuente ya que, en cualquier circunstancia, es una víctima. Con el acceso a las nuevas tecnologías de la información este delito tiene fácil acceso a la captación de personas.

General 01 de agosto de 2021 Edilena Bayona Edilena Bayona
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La Trata de Personas, es una actividad ilícita que anualmente mueve miles de millones de dólares en el mundo. Hasta el año 2012 habían 3 grandes negocios en el mundo, mafiosos, clandestinos, siendo ellos en el orden de prioridades: el narcotráfico, el tráfico de armas y el tráfico de personas, en el año 2012 en virtud del volumen de la trata de personas cambia y pasa la trata de personas a ser el segundo negocio más importante clandestino del planeta.

La Ley Nacional N° 26.842 define la Trata como “el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países”. A los fines de esta ley se entiende que el consentimiento dado por la víctima de la trata y explotación de personas no constituirá en ningún caso causal de eximición de responsabilidad penal, civil o administrativa de los autores, partícipes, cooperadores o instigadores.

La Trata de Personas presupone el reclutamiento de la víctima, atraerla para controlar su voluntad para fines de explotación. A ello debemos sumarle el engaño, donde el tratante establece un mecanismo de acercamiento directo o indirecto con la víctima para lograr el “enganche” o aceptación de la propuesta. Esencialmente se traduce en ofertas de trabajo, noviazgo, matrimonio y en general una mejor condición de vida. De igual forma, el engaño es utilizado por el tratante para mantener a la víctima bajo su control durante la fase de traslado y posteriormente en los lugares de explotación.

Otro punto fundamental es el desarraigo, donde la víctima es separada del lugar o medio donde se ha criado o habita y se cortan los vínculos afectivos que tiene con ellos, mediante el uso de fuerza, la coacción o el engaño, a fin de provocar las condiciones de aislamiento que permiten al tratante mantener el control, la dependencia y explotarla, para obtener beneficios financieros, comerciales o de otro tipo a través de la participación forzada de otra persona en actos de prostitución, servidumbre sexual o laboral, incluidos los actos de pornografía y la producción de materiales pornográficos. 

Entre esas explotaciones destacamos la Explotación Sexual o Prostitución forzada, es la situación en la cual la víctima es manipulada u obligada a ejecutar actos de contenido sexual que involucran su cuerpo, para satisfacer deseos sexuales de otras personas, con o sin remuneración por ello. Cabe aclarar que este tipo de flagelos es sufrido en un 85% por mujeres y niñas, quienes por lo general suelen ser sometidas a un período llamado de “ablando”, de obligar a la víctima a hacer lo que el otro quiera, que se sienta nada, que salir a la calle a prostituirse sea casi, casi una liberación. Son violentadas de todas las formas posibles, golpeadas, abusadas, drogadas, mal alimentadas, extorsionadas con matar a algún integrante de su familia, entre otras.

A su vez existe la Explotación Laboral o servicio forzado: todos aquellos abusos que comete el empleador sobre el empleado, como trabajar bajo una condición de amenaza o percibir un salario que no se corresponde con la responsabilidad, esfuerzo y horas de trabajo, por ejemplo, los talleres clandestinos de las grandes marcas de ropa, las rutas del café, de la soja, etc.

Entre otros delitos de Trata de Personas, podemos señalar la Extracción ilícita de órganos, entendiéndose como tal  la sustracción de un órgano humano sin aplicar los procedimientos médicos legalmente establecidos y sin que medie consentimiento de la víctima; el matrimonio forzado o servil; la mendicidad;  la venta de niños es decir “todo acto o transacción en virtud del cual un niño es transferido por una persona o grupo de personas a otra a cambio de remuneración o de cualquier otra retribución” a) explotación sexual del niño; b) transferencia con fines de lucro de órganos del niño; y c) trabajo forzoso del niño.

Uno de los factores fundamentales en el delito de “La Trata” es la situación de vulnerabilidad: este concepto se basa en dos presupuestos básicos: que la víctima no tenga capacidad para comprender el significado del hecho (persona menor de edad, incapaz) o bien que la víctima no tenga capacidad para resistirlo (discapacitado, estado de necesidad económica, bajo nivel cultural, sometido o sometida a engaño, coerción o violencia). La situación de vulnerabilidad de la víctima es un medio utilizado por el tratante para el acercamiento y control y se incluye en el tipo penal base o como uno de los agravantes del delito.

Durante los últimos veinte años se han ido produciendo cambios en la estructuración de la oferta de prostitución. Un sistema prostitucional con una dinámica adaptativa e innovadora intensa, con aprovechamiento inmediato de las tecnologías de la comunicación. Se produjo una transición del modelo “artesanal” al empresarial, incrementando la explotación. Se pasó de las calles y clubs a los pisos; antes en las calles había una cierta “comunidad” y visibilidad al pasar a “los pisos” hay mayor aislamiento, no se puede ver, en los clubs o prostíbulos o cabaret había mayor presión, pero se podía entrar y las fuerzas de seguridad podían actuar en cambio del contacto cara a cara. a los contactos en internet, tenemos que hablar de la deslocalización absoluta, no hay nada que ver, se produce la apertura a la conexión con la pornografía. Nuevos “clientes” (prostituidores), prácticas de riesgo, violencia, etc.. Incremento de modalidades como ser: Webcam, Instagram, Sugar daddy, Tik-Tok, ”Uber del sexo”, etc. Incremento de la Oportunidad TIC, impunidad, sexting, permeabilidad de las edades.

Todo ello trae aparejado un proceso de ocultación, de alcance mundial: mercado mundial de trata, movilidad de las mujeres, “turismo informado” de los prostituidores. Grandes posibilidades comunicativas (bidireccionalidad, imágenes, sonidos, etc.), conexión con ofertas en web, conexión con pornografía.

Internet tiene ventajas, desde la perspectiva del Prostituidor: como ser el Anonimato, ya que preserva su identidad y puede establecer contactos desde la más absoluta privacidad; despersonaliza la selección: catálogo de mujeres; lo que las cosifica y facilita la desconexión empática de los prostituidores, abre nuevos canales: para el “mercado”: visibilidad internacional de su negocio y  captación de mujeres y prostituidores;   incrementa la rentabilidad de la explotación sexual, dispersión en el territorio, evitando la presión de los vecinos y la visualización social de la prostitución y la trata, favorece al estado de indefensión porque limita la capacidad de intervención de las fuerzas de seguridad, ya que al ser viviendas privadas se requiere autorización judicial. En cambio si solo son Web, imposibilidad absoluta.

Para prevenir y combatir eficazmente la Trata de Personas, especialmente de mujeres y de niños, se requiere de un enfoque amplio e internacional en los países de origen, tránsito y destino que incluya medidas para prevenir dicha trata, sancionar a los tratantes y proteger a las víctimas de ese delito, en particular amparando sus derechos humanos internacionalmente reconocidos. Teniendo en cuenta que si bien existe una gran variedad de instrumentos jurídicos internacionales que contienen normas y medidas prácticas para combatir la explotación de las personas, no hay ningún instrumento universal que aborde todos los aspectos de la trata de personas. 


Lo anterior fue expuesto por Claudia Scheij, en la Conferencia #SiEsTrataSeTrataDePersonas, transmitida por zoom, el pasado 31 de julio, cómo parte y cierre de la Campaña Nacional de 10 días en contra de la Trata de Personas. La misma fue organizada vía zoom por los Clubes de Leones de: Aguilares, Tucumán y Santiago del Estero, con una participación de casi 100 personas.

"LA TECNOLOGÍA, también permite combatir este flagelo".

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